Entradas

Trámites para cobrar una herencia

El fallecimiento de un familiar, cercano o no tanto, supone muchos trámites legales, preparativos y diligencias relacionadas. Es posible encontrarnos con la tediosa pero necesaria tarea de tramitar la herencia, por ello, en Notaría Luis Pérez Escolar queremos darte unas pautas básicas para llevar a cabo este trámite, toma nota y revisa todos los pasos a seguir.

Para cobrar una herencia debemos contar con cierta documentación, la cual se solicita en determinados periodos desde la defunción. En la mayoría de casos necesitas tres documentos: el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el certificado de contratos de seguro con cobertura por fallecimiento.

El certificado de defunción se expide de forma gratuita y puede ser solicitado por cualquier persona que lo requiera y pueda demostrar un grado de parentesco con el causante. El certificado de últimas voluntades puede solicitarse 15 días hábiles después del fallecimiento y tiene un costo de 3.7€

El certificado de seguros nos dirá si el difunto tenia cobertura contratada por su fallecimiento. Estos seguros tienen un plazo máximo de 5 años para reclamarse, contados desde el fallecimiento.

¿Cuánto cuesta cobrar una herencia?

Al ser beneficiario de una herencia tenemos costes que asumir, entre los cuales se encuentran los impuestos sobre sucesiones y donaciones y el impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana. El primer impuesto está sujeto a la Comunidad Autónoma del domicilio del causante y el segundo al Ayuntamiento donde radiquen los bienes inmuebles, por lo que los costes y la forma de liquidación pueden variar mucho.

Sin embargo, los documentos requeridos no varían por lo que te enumeramos todos ellos:

  • Certificado de Defunción.
  • Fotocopia de DNI de los herederos y del fallecido.
  • Copia de los contratos de seguros del fallecido o Certificado de Contratos de Seguros.
  • Escritura de inmuebles.
  • Certificado de Actos de Última Voluntad.
  • Testamento, siendo siempre una copia autorizada.
  • Certificado de Saldos de las entidades bancarias correspondientes.
  • Copia del último recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles relativos a los inmuebles del fallecido.

Renunciar a una herencia, cómo pagar menos y errores comunes

Una de las principales razones para desistir de una herencia, tiene que ver con las cuentas que se realizan sobre activos y pasivos. Se resume a que en caso de que el fallecido tuviera más deudas que patrimonio, al aceptar la herencia estás aceptando por tanto las deudas y en tal caso, deberás pagar con tu capital y asumir tales deudas.

Otro motivo para renunciar a los bienes o activos puede ser que los impuestos a pagar por recibirla sean muy altos y excedan nuestra capacidad económica del momento. Es importante resaltar que es un trámite notarial irreversible, una vez renunciado no existe forma de dar marcha atrás y también tendrá un costo de alrededor de 100€.